﻿_id	Nombre Categoria Serie	Nombre Categoria Subserie	Nombre del Activo	Idioma	Medio de Conservacion y/o Soporte	Fecha de Generacion Informacion	Nombre de Responsable Activo Generacion	Nombre de Responsable Activo Informacion	Clasificacion	Objetivo legitimo de la excepcion	Fundamento constitucional o legal	Fundamento Juridico de la Excepcion	Excepcion total o parcial	Fecha de la Calificacion	Plazo de Clasificacion o Reserva
1	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Queja, informe, oficio, denuncia anónima - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
2	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Acta de reparto - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
3	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto Inhibitorio - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
4	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto remisión por competencia - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
5	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto apertura de indagación preliminar - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
6	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto apertura de investigación disciplinaria - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
7	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Citación al implicado (Edicto) - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
8	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Citación al Implicado (Estado) - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
9	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Comunicación Quejoso (Apertura de proceso) - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
10	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Comunicación al Quejoso (Terminación del Proceso) - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
11	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Comunicación de decisiones - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
12	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Acuses de recibo - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
13	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto decreta pruebas - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
14	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto niega pruebas - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
15	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Solicitud de pruebas - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Total.	43816	5 Años
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Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Total.	43816	5 Años
33	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto nombre defensor de oficio - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
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Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
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Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
38	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto ordena correr traslado para presentar alegatos de conclusión - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
39	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Alegatos de conclusión - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
41	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Solicitud nulidad - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
42	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto de nulidad - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2015."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
43	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto acumulación - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3). 
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
44	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto Incorporación - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3). 
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
45	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto aclaratorio - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
46	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Auto archivo - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3).
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
47	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Fallo primera instancia - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3). 
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
48	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Fallo segunda instancia - Procesos disciplinario ordinarios	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3). 
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
49	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios ordinarios	Acto administrativo que ordena la ejecución de la sanción- Procesos disciplinario ordinario	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2002.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 15. 
2.Artículo 8.
3.Artículos 5 y 6.
4.Artículo 24, (Núm. 3). 
5.Artículo 18, (Lit. a y b)."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
50	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Queja, informe, oficio, denuncia anónima - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
51	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Acta de reparto - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
52	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto inhibitorio - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
53	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto remisión por competencia - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
54	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto apertura de indagación preliminar - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
55	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto apertura de investigación disciplinaria - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
56	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Citación al implicado (Edicto) - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
57	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Comunicación al Quejoso (Apertura de proceso) - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
58	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Comunicación al quejoso (Terminación del proceso) - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
59	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Comunicación de decisiones - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
60	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Acuses de recibo - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
61	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto decretando pruebas - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
62	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto niega pruebas - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
70	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Notificación por medios electrónicos - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
71	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Ampliación de queja - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
72	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Revisión expedientes (Solicitud y autorización expedición de copias) - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
73	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Recurso - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
74	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Auto resuelve recurso - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Total: Hasta cuando se formule pliego de cargos o la providencia que ordene el archivo definitivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley 734 de 2002.	43816	5 Años
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
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No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
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a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
93	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Fallo segunda instancia	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
94	Procesos disciplinarios	Procesos disciplinarios verbales	Acto administrativo que ordena la ejecución de la sanción - Procesos disciplinarios verbales	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43910	Of. Control Interno Disciplinario	Of. Control  Disciplinario Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 734 de 2020.
3.Ley 1755 de 2015. 
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 95.
3.Artículo 24, (Núm. 3).
4.Artículo 18, (Lit. a y b).
5.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43816	5 Años
95	Informes	Informes a otros organismos	Informe - Informes a otras entidades (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Decreto 807 de 1993. 
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículos 15 y 74.
2.Artículo 18.
3.Artículo 583.
4.Artículo 18, (Lit. a;b;c y parágrafo).
5.Artículo 13 (Lit. b y c)."	Parcial: Información cuyo acceso podría vulnerar la reserva tributaria, así como la información de los terceros autorizados por el titular o por la Ley.	43818	5 Años
96	Informes	Informes a otros organismos	Comunicaciones Oficiales - Informes a otras entidades (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estaturo Tributario.
2.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículo 583.
2.Artículo 18, (Lit. a;b;c y parágrafo); 21."	Parcial: Información cuyo acceso podría vulnerar la reserva tributaria.	43818	5 Años
97	Informes	Informes a otros organismos	Anexos - Informes a otras entidades (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Decreto 807 de 1993. 
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículos 15 y 74.
2.Artículo 18.
3.Artículo 583.
4.Artículo 18, (Lit. a;b;c y parágrafo).
5.Artículo 13 (Lit. b y c)."	Parcial: Información cuyo acceso podría vulnerar la reserva tributaria, así como la información de los terceros autorizados por el titular o por la Ley.	43818	5 Años
98	Informes	Informes de gestión	Informe - informes de gestión (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1474 de 2011."	"1.Artículo 18, (Lit. c).
2.Artículo 7, (parágrafo)."	Parcial: Información exceptuada  dando cumplimiento a las normas establecidas.	43818	5 Años
99	Controles	Controles de cuentas de usuarios	Control de Solicitudes de roles y privilegios de la DIB - Control de cuentas de usuarios (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Excel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
100	Controles	Controles de cuentas de usuarios	Inventario de roles y privilegios - Control de cuentas de usuarios (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Excel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
101	Controles	Controles de cuentas de usuarios	Memorando de entrega - Control de cuentas de usuarios (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
102	Controles	Controles de cuentas de usuarios	Reporte de control y seguimiento del estado de las solicitudes de roles y privilegios - Control de cuentas de usuarios (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Excel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información cuentas de usuarios.	43818	12 Años
103	Controles	Controles de herramientas ofimáticas	Solicitud de aprobación de herramienta ofimática - Control de herramientas ofimáticas (Of. administración funcional del sistema)	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
104	Controles	Controles de herramientas ofimáticas	Documento de especificaciones - Control de herramientas ofimáticas (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Word	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
105	Controles	Controles de herramientas ofimáticas	Encuestas de satisfacción de utilidad de servicios tecnológicos - Control de herramientas ofimáticas (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
106	Controles	Controles de herramientas ofimáticas	Inventario de herramientas ofimáticas de la DIB - Control de herramientas ofimáticas (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Excel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
107	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Solicitud de procesamiento de información - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Word	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
108	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Plan de atención de procesamiento de información y lógicas de control - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
109	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Tablero de control del plan de atención al procesamiento - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
110	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Incorporación de datos - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	"Físico - Papel
Digital - Excel"	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
111	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Acta de aprobación y paso a producción - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Word, PDF	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
112	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Control y seguimiento a la solicitud de información - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	"Físico - Papel
Digital - Excel"	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
113	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Solicitud de estadísticas y consultas - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
114	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Plan de pruebas - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	"Físico - Papel
Digital - Excel"	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
115	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Comunicaciones oficiales - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
116	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Actas de reunión - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Físico - Papel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
117	Gestión de la información tributaria	Procesamiento de información 	Control de Cambios a los Componentes del Sistema de Información - Procesamiento de información (Of. administración funcional del sistema)	Español	Digital - Word, PDF	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	"
1.Artículo 18."	Total: Información tributaria.	43818	12 Años
118	No aplica	No aplica	Muestra emisión predial	Español	Digital - Excel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Estatuto tributario.
3.Decreto 807 de 1993. 
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 15 y 74.
2.Artículo 583. 
3.Artículo 18.
4.Artículo 18 (Lit.es a.b,c y  parágrafo)."	Total: Información tributaria de los contribuyentes.	43818	12 Años
119	No aplica	No aplica	Muestra predial pruebas	Español	Digital - Excel	43979	Of. Administración Funcional del Sistema	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Estatuto tributario.
3.Decreto 807 de 1993. 
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 15 y 74.
2.Artículo 583. 
3.Artículo 18.
4.Artículo 18 (Lit.es a.b,c y  parágrafo)."	Total: Información tributaria de los contribuyentes.	43818	12 Años
120	Informes	Informes a otros organismos	Requerimiento - Otras entidades Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
121	Informes	Informes a otros organismos	Informe - Otras entidades Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
122	Informes	Informes a otros organismos	Comunicaciones oficiales - Informes a otras entidades Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
123	Informes	Informes a otros organismos	Anexos - Informes a otras entidades Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
124	Informes	Informes de gestión	Informe de gestión - Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
125	Informes	Informes de gestión	Comunicaciones oficiales de seguimiento a la gestión - Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
126	Informes	Informes de gestión	Ayudas de memoria - Gestión Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Resolución SDH 000195."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
127	Informes	Informes de gestión	Comunicaciones oficiales - Gestión Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
128	Informes	Informes de gestión	Actas de reunión - Gestión Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	5 Años
129	Planes	Planes de servicio y control tributario	Estudios tributarios	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
130	Planes	Planes de servicio y control tributario	Estudios y análisis tributarios	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
131	Planes	Planes de servicio y control tributario	Estudio de costos / ingresos	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Resolución SDH 000195."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
132	Planes	Planes de servicio y control tributario	Estudios de capacidad operativa 	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Resolución SDH 000195."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
133	Planes	Planes de servicio y control tributario	Estudios de evasión	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
134	Planes	Planes de servicio y control tributario	Ayudas de memoria - Planes Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
135	Planes	Planes de servicio y control tributario	Documento de priorización revisado	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. .
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Resolución SDH 000195."	"1.Artículos 2,(Lit. d) 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
136	Planes	Planes de servicio y control tributario	Diagnósticos Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. .
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Resolución SDH 000195."	"1.Artículos 2,(Lit. d) 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
137	Planes	Planes de servicio y control tributario	Política tributaria	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. .
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Resolución SDH 000195."	"1.Artículos 2,(Lit. d) 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
138	Planes	Planes de servicio y control tributario	Resolución de adopción del calendario tributario	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
139	Planes	Planes de servicio y control tributario	Formato metas y seguimiento al recaudo	Español	"Físico - Papel
Digital - Office"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
140	Planes	Planes de servicio y control tributario	Actas de reunión - Planes Sub. planeación e inteligencia tributaria	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
141	Planes	Planes de servicio y control tributario	Anexos - Plan de servicio y control tributario	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
142	Planes	Planes de servicio y control tributario	Comunicaciones oficiales - Plan de servicio y control tributario	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
143	Planes	Planes de servicio y control tributario	Resolución de asignación de poblaciones	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
144	Planes	Planes de servicio y control tributario	Plan - Plan de servicio y control tributario	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
145	Planes	Planes de servicio y control tributario	Socialización plan - Plan de servicio y control tributario	Español	"Físico - Papel
Digital - E-mail"	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
146	Planes	Planes de servicio y control tributario	Tablero de control - Plan de servicio y control tributario	Español	Físico - Papel	43971	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaría	Sub. Planeación e Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	43748	12 Años
147	Registros	Registros de cuentas de usuario	Memorando - Registros de cuentas de usuario	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	43980	Sub. Servicios TIC	Sub. Servicios TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. a). 	Parcial: Datos correspondientes a las contraseñas.	43921	12 Años
148	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información medios magnéticos - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012. 
2.Constitución Política de Colombia."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14."	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	43819	12 Años
149	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información DIAN - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012. 
2.Constitución Política de Colombia."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14."	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	43819	12 Años
150	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información movilidad - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012. 
2.Constitución Política de Colombia."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14."	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	43819	12 Años
151	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información catastro - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012. 
2.Constitución Política de Colombia."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14."	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	43819	12 Años
152	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información cámara de comercio - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012. 
2.Constitución Política de Colombia."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14."	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	43819	12 Años
153	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información súper notariado y registro - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012. 
2.Constitución Política de Colombia."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14."	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	43819	12 Años
154	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Bases de información interna - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
155	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información cartera - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT, Access	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
156	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información soportes tributarios - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
157	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información del módulo de actos oficiales MAO - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
158	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información de emisión - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
160	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Estadísticas  de información tributaria - Gestión de la información tributaria Of. de inteligencia tributaria	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
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161	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Base única de contribuyentes vigencia - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
162	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia grandes contribuyentes - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia. 
2.Ley 734 de 2002. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Ley 1755 de 2015. 
5.Ley 1712 de 2014. "	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
163	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia predial primer vencimiento - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
164	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia predial segundo vencimiento - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14.
3.Artículos 18 (Lit. b); 131.  
4.Articulo 19."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
165	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia vehículos primer vencimiento - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
166	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia vehículos segundo vencimiento - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
167	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen simplificado - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
168	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común I bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
169	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común II bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
170	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común III bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
171	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común IV bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
172	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común V bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
173	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común VI bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
174	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia ICA régimen común anual - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
175	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia predial I cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
176	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia predial II cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
177	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia predial III cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
178	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia predial IV cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
179	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases vigencia otros impuestos - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
180	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases prácticas abusivas predial - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
181	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases prácticas abusivas vehículos - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
182	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases prácticas abusivas ICA - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
183	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases prácticas abusivas otros impuestos - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
184	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Bases programas especiales - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
185	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Base de datos de gestión tributaria - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
186	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Pruebas - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
187	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Formato de retroalimentación de programas, lógicas y poblaciones - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Word	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
188	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campañas de fidelización	Formato de producto no conforme - Gestión de inteligencia tributaria campaña fidelización	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
189	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia predial - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
190	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia vehículos - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
191	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen simplificado - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
192	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen común I bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
193	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen común II bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
194	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen común III bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
195	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen común IV bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
196	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen común V bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
197	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia ICA régimen común VI bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
198	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases vigencia otros impuestos - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
199	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Bases programas especiales - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
200	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Base de datos de gestión tributaria - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
201	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Pruebas - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
202	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Formato de retroalimentación de programas, lógicas y poblaciones - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Word	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
203	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control extensivo	Formato de producto no conforme - Gestión de inteligencia tributaria campaña control extensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
204	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia predial - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
205	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia vehículos - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
206	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen simplificado - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
207	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen común I bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
208	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen común II bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
209	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen común III bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
210	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen común IV bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
211	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen común V bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
212	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia ICA régimen común VI bimestre - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
213	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia predial I cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
214	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia predial II cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
215	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia predial III cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
216	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia predial IV cuota - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
217	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases vigencia otros impuestos - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
218	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Bases programas especiales - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
219	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Base de datos de gestión tributaria - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
220	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Pruebas - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
221	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Formato de retroalimentación de programas, lógicas y poblaciones - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Word	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
222	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control persuasivo	Formato de producto no conforme - Gestión de inteligencia tributaria campaña control persuasivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
223	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases priorización (prioridad P1) - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
224	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases priorización (prioridad P4 4.1 A P4 4.2) - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
225	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases priorización (prioridad P4 4.3 A C/B) - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
226	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases prácticas abusivas predial - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
227	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases prácticas abusivas vehículos - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
228	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases prácticas abusivas ICA - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
229	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases prácticas abusivas otros impuestos - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
230	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Bases programas especiales - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel, TXT, SAS	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
231	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Pruebas - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
232	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Formato de retroalimentación de programas, lógicas y poblaciones - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Word	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
233	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control intensivo	Formato de producto no conforme - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control intensivo	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
234	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control cobro	Bases pre jurídico - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control cobro	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
235	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control cobro	Bases coactivo - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control cobro	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
236	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control cobro	Bases programas especiales - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control cobro	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
237	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control cobro	Pruebas - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control cobro	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
238	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control cobro	Formato de retroalimentación de programas, lógicas y poblaciones - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control cobro	Español	Digital - Word	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
239	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de control cobro	Formato de producto no conforme - Gestión de inteligencia tributaria campaña de control cobro	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 3.	Parcial: Lógicas de control y los formatos de retroalimentación tienen los pasos específicos para determinar el comportamiento de cada unos de los contribuyentes para gestionar el programa en mención.	43819	12 Años
240	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de mejoramiento de la información.	Bases devueltos por asignación a las áreas de gestión - Gestión de inteligencia tributaria campaña mejoramiento de la Información	Español	Digital - Excel, SAS, TXT	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
241	Gestión de inteligencia tributaria	Gestión campaña de mejoramiento de la información.	Bases devueltos por información insuficiente - Gestión de inteligencia tributaria campaña mejoramiento de la Información	Español	Digital - Excel	43972	Of. Inteligencia Tributaria	Of. Inteligencia Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1581 de 2012.
2.Constitución Política de Colombia.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 17 y 18.
2.Artículos 15 y 14, 74.
3.Artículos 18, (Lit. b); 131.
4.Artículos 2, 6, (Lit. d);19 y 20."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	43819	12 Años
242	Copias de seguridad - Backups	No aplica	Copias de Respaldo - Backups	Español	Digital - Excel	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. c y f).	Total: Datos contenidos en las copias de respaldo (Backups) de la SDH.	43983	5 Años
243	Planes	Planes de mantenimiento de infraestructura 	Chequeo de Estado de Elementos - Mantenimiento de Infraestructura 	Español	Digital - Excel	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. d).	Total: Datos correspondientes al estado de los elementos de Infraestructura.	43983	12 Años
244	Documentos técnicos de conectividad	Diagramas de red	Mapas de Conectividad - Diagramas de Red	Español	Digital - PDF	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. c y d).	Total: Datos reflejados en los mapas de conectividad y diagramas de red de la SDH.	43983	5 Años
245	Controles	Controles de eventos e incidentes	Orden Apagado Infraestructura	Español	Digital - Excel	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. b). 	Total: Datos correspondientes a los servidores que forman parte de la Infraestructura de la SDH.	43983	5 Años
246	Controles	Controles de eventos e incidentes	Orden Encendido Infraestructura	Español	Digital - Excel	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. b). 	Total: Datos correspondientes a los servidores que forman parte de la Infraestructura de la SDH.	43983	5 Años
247	Controles	Controles de eventos e incidentes	Apagado servidores plataforma Windows - Incidentes	Español	Digital - Word	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. b). 	Total: Datos correspondientes a los servidores que forman parte de la Infraestructura de la SDH.	43983	5 Años
248	Controles	Controles de eventos e incidentes	Encendido servidores plataforma Windows - Incidentes	Español	Digital - Word	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. b). 	Total: Datos correspondientes a los servidores que forman parte de la Infraestructura de la SDH.	43983	5 Años
249	Controles	Controles de eventos e incidentes	Reporte de Actividad e Incidentes - Incidentes	Español	Digital - Word	44081	Sub. Infraestructura TIC	Sub. Infraestructura de TIC Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1273 de 2009.	1.Artículo 269, (Lit. b). 	Total: Datos correspondientes a los servidores, redes de comunicación y demás componentes de la Infraestructura de la SDH.	43983	5 Años
250	Informes	Informes a otros organismos	Requerimiento - Informes a otras entidades Of. registro y gestión de la información 	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH-000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 19 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	5 Años
251	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Acta de reunión entidades externas e internas  - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
252	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base Única de Contribuyentes BUC - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH-000194 de 2015."	"
1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 19 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Artículos 1 y 2.
"	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
253	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Bases de información interna - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Excel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
254	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Registro de pruebas de aplicaciones - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
255	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Matriz información campos del sistema - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Excel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
256	Registros de información tributaria RIT	No aplica	Solicitud de inscripción y/o novedades RIT para contribuyente - Gestión de la información tributaria RIT Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
257	Registros de información tributaria RIT	No aplica	Solicitud de novedades RIT para establecimiento de comercio - Gestión de la información tributaria RIT Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH-000194 de 2015."	"
1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 19 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Artículos 1 y 2.
"	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
258	No aplica	No aplica	Base inventario de convenios	Español	Digital - Excel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 años
259	No aplica	No aplica	Memoria - Seguimiento reuniones	Español	Digital - Excel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 años
260	Informes	Informes a otros organismos	Informe a otras entidades - Of. registro y gestión de la información 	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	5 Años
261	Informes	Informes a otros organismos	Respuesta - Informes a otras entidades Of. registro y gestión de la información 	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	5 Años
262	Informes	Informes a otros organismos	Anexos - Informes a otras entidades Of. registro y gestión de la información 	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH-000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 19 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	5 Años
263	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Comunicaciones oficiales - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
264	Registros de información tributaria RIT	No aplica	Solicitud contribuyente - Gestión de la información tributaria RIT Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
265	Registros de información tributaria RIT	No aplica	Respuesta a la solicitud - Gestión de la información tributaria RIT Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
266	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Solicitud de información convenios - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
267	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Acuerdos con entidades externas - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
268	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Bases de información externa (requerimientos de información) - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
269	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de Información DIAN - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
270	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de Información movilidad - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
271	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de Información catastro - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
272	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de Información registraduría - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
273	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de Información cámara de comercio - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Of. Administración Funcional del Sistema Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
274	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de Información supernotariado y registro - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
275	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Seguimiento a convenios - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Excel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
276	Informes	Informes de gestión	Informe - Informes de gestión Of. registro y gestión de la información 	Español	Físico - Papel	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	5 Años
277	Gestión de la información tributaria	Administración bases de información	Base de información medios magnéticos - Gestión de la información tributaria Of. registro y gestión de la información	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 Años
278	No aplica	No aplica	Base de información UGPP	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 años
279	No aplica	No aplica	Base de información Bomberos de Bogotá	Español	Digital - Base de Datos	44081	Of. Registro y Gestión de la Información	Of. Registro y Gestión de la Información Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Decreto 807 de 1993. 
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículos 2, (Lit. d); 6, 18 y 20.
2.Artículo 24, (Núm. 3 y 5); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18, (Lit. b); 131.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775.
6.Artículo 1."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, Razón Social y datos de contacto del contribuyente,  actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44054	12 años
280	Actas	Actas comité institucional de coordinación del sistema de control interno 	Anexos - Comité institucional de coordinación del sistema de control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	5 Años
281	Informes	Informes a organismos de control y vigilancia	Informe - Organismos de control y vigilancia control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	5 Años
282	Informes	Informes a organismos de control y vigilancia	Anexos - Organismos de control y vigilancia control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	10 Años
283	Informes	Informes a organismos de control y vigilancia	Requerimiento - Organismos de control y vigilancia control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	5 Años
284	Informes	Informes a otros organismos	Informe - Otros organismos control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	5 Años
285	Informes	Informes a otros organismos	Anexos - Otros organismos control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	10 Años
286	Informes	Informes a otros organismos	Requerimiento de otras entidades - Otros organismos control interno	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	5 Años
287	Planes	Planes de mejoramiento institucional	Evidencias - Plan de mejoramiento institucional 	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	10 Años
288	Auditorias	Auditorias internas de gestión	Anexos - Auditorias internas de gestión	Español	Físico - Papel	44082	Of. Control Interno	Of. Control Interno Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27.  
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. 
5.Artículo 583."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	43901	5 Años
289	Actas	Actas comité de Dirección 	Acta - Dirección Distrital de Presupuesto	Español	Físico - Papel	44104	"Despacho 
Director de Presupuesto"	Despacho del Director Distrital de Presupuesto Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 6, (Lit. c).	Parcial: Información sobre las actas puede contener datos e ilustraciones sobre actividades y autorizaciones para las empresas industriales y comerciales del distrito y/o entidades por lo tanto todas las actas relacionadas con temas específicos de terceros debe ser clasificada.	43998	12 Años
290	Modificaciones Presupuestales	No aplica	Conceptos de modificación - Sub desarrollo social	Español	Físico - Papel	44104	Sub. Desarrollo Social	Sub. Desarrollo Social Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1. Constitución Política de Colombia.	"
1.Artículo 15."	Parcial: Información de liquidaciones o beneficios salariales de funcionarios de las entidades, la cual puede considerarse de carácter intimo y cuya facultad de entrega de la información compete a la entidad productora de la misma.	44104	12 Años
291	Informes	Informes de gestión 	Informe - Gestión Of. educación tributaría	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44181	Of. Educación Tributaría	Of. Educación Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1581 de 2012.
3.Decreto 1377 de 2013. 
4.Ley 1098 de 2006. 
5.Ley 1755 de 2015.
6.Ley 1712 de 2014.
7.Sentencia C - 748 de 2011 de la Corte Constitucional.                                  "	"1.Artículos 15, 44 y 45.
2.Artículos 5 y 7.
3.Artículos 12 y 20.
4.Artículos 7, 8, 9 y 33.
5.Artículos 24 y 27      
6.Artículos 6 y 19.
7.""En este mismo sentido, debe interpretarse la expresión “naturaleza pública”. Es decir, el tratamiento de los datos personales de los menores de 18 años, al margen de su naturaleza, pueden ser objeto de tratamiento siempre y cuando el fin que se persiga con dicho tratamiento responda al interés superior de los niños, las niñas y adolescentes y se asegure sin excepción alguna el respeto de sus derechos prevalentes.""
"	Parcial: Información de menores de edad que asisten a los eventos.	44092	5 Años
292	Informes	Informes de gestión 	Anexos - Gestión Of. educación tributaría	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF, Imágenes, E-mail,  Excel"	44181	Of. Educación Tributaría	Of. Educación Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1581 de 2012. 
3.Decreto 1377 de 2013.  
4.Ley 1098 de 2006. 
5.Ley 1755 de 2015. 
6.Ley 1712 de 2014.
7.Sentencia C - 748 de 2011 de la Corte Constitucional.                                  "	"1.Artículos 15, 44 y 45.
2.Artículos 5 y 7.
3.Artículos 12 y 20.
4.Artículos 7, 8, 9 y 33.
5.Artículos 24 y 27      
6.Artículos 6 y 19.
7.""En este mismo sentido, debe interpretarse la expresión “naturaleza pública”. Es decir, el tratamiento de los datos personales de los menores de 18 años, al margen de su naturaleza, pueden ser objeto de tratamiento siempre y cuando el fin que se persiga con dicho tratamiento responda al interés superior de los niños, las niñas y adolescentes y se asegure sin excepción alguna el respeto de sus derechos prevalentes.""
"	Parcial: Información de menores de edad que asisten a los eventos y registros fotográficos.	44092	5 Años
293	Programas	Programas de formación y control tributario	Control de asistencia - Of. educación tributaría	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF, Excel"	44181	Of. Educación Tributaría	Of. Educación Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1581 de 2012.
3.Decreto 1377 de 2013.
4.Ley 1098 de 2006.
5.Ley 1755 de 2015.
6.Ley 1712 de 2014. 
7.Sentencia C - 748 de 2011 de la Corte Constitucional.                              "	"1.Artículos 15, 44 y 45.
2.Artículos 5 y 7.
3.Artículos 12 y 20.
4.Artículos 7, 8, 9 y 33.
5.Artículos 24 y 27      
6.Artículos 6 y 19.
7.""En este mismo sentido, debe interpretarse la expresión “naturaleza pública”. Es decir, el tratamiento de los datos personales de los menores de 18 años, al margen de su naturaleza, pueden ser objeto de tratamiento siempre y cuando el fin que se persiga con dicho tratamiento responda al interés superior de los niños, las niñas y adolescentes y se asegure sin excepción alguna el respeto de sus derechos prevalentes.""
"	Parcial: Información de menores de edad que asisten a los eventos y registros fotográficos.	44092	5 Años
294	Programas	Programas de formación y control tributario	Informe final del evento - Of. educación tributaría	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44181	Of. Educación Tributaría	Of. Educación Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1581 de 2012. 
3.Decreto 1377 de 2013.  
4.Ley 1098 de 2006. 
5.Ley 1755 de 2015. 
6.Ley 1712 de 2014.
7.Sentencia C - 748 de 2011 de la Corte Constitucional.                                  "	"1.Artículos 15, 44 y 45.
2.Artículos 5 y 7.
3.Artículos 12 y 20.
4.Artículos 7, 8, 9 y 33.
5.Artículos 24 y 27      
6.Artículos 6 y 19.
7.""En este mismo sentido, debe interpretarse la expresión “naturaleza pública”. Es decir, el tratamiento de los datos personales de los menores de 18 años, al margen de su naturaleza, pueden ser objeto de tratamiento siempre y cuando el fin que se persiga con dicho tratamiento responda al interés superior de los niños, las niñas y adolescentes y se asegure sin excepción alguna el respeto de sus derechos prevalentes.""
"	Parcial: Información de menores de edad que asisten a los eventos y registros fotográficos.	44092	5 Años
295	Programas	Programas de formación y control tributario	Anexos - Of. educación tributaría	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF, Imágenes, E-mail,  Excel"	44181	Of. Educación Tributaría	Of. Educación Tributaria Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1581 de 2012. 
3.Decreto 1377 de 2013.  
4.Ley 1098 de 2006. 
5.Ley 1755 de 2015. 
6.Ley 1712 de 2014.
7.Sentencia C - 748 de 2011 de la Corte Constitucional.                                  "	"1.Artículos 15, 44 y 45.
2.Artículos 5 y 7.
3.Artículos 12 y 20.
4.Artículos 7, 8, 9 y 33.
5.Artículos 24 y 27      
6.Artículos 6 y 19.
7.""En este mismo sentido, debe interpretarse la expresión “naturaleza pública”. Es decir, el tratamiento de los datos personales de los menores de 18 años, al margen de su naturaleza, pueden ser objeto de tratamiento siempre y cuando el fin que se persiga con dicho tratamiento responda al interés superior de los niños, las niñas y adolescentes y se asegure sin excepción alguna el respeto de sus derechos prevalentes.""
"	Parcial: Información de menores de edad que asisten a los eventos y registros fotográficos.	44092	5 Años
296	Conceptos	Conceptos Jurídicos	Anexos - Jurídica de Hacienda	Español	"Físico - Papel
Digital - E-mail"	44181	Sub.  Jurídica de Hacienda 	"Sub. Jurídica de Hacienda 
Responsable de proceso"	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44102	5 Años
297	Declaraciones tributarias	Declaraciones tributarias	Formulario y colillas de declaración de impuesto de vehículos - Sub análisis fiscal	Español	Físico - Papel	44182	Sub. Análisis Fiscal	"Sub. Análisis Fiscal 
Responsable de proceso"	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014 .
2.Decreto Nacional 624 de 1989.
3.Decreto Distrital 807 de 1993."	"1.Artículo 18.
2.Artículo 583.
3.Artículo 18."	Total: Declaraciones tributarias que contienen bases gravables y  determinación privada de los impuestos.	44138	12 Años
298	Informes	Informes a otros organismos	Requerimiento - Informes a otros organismos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada como de reserva tributaria.	44141	5 Años
299	Informes	Informes a otros organismos	Informe a otras Entidades  - Informes a otros organismos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014. 
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6."	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
300	Informes	Informes a otros organismos	Respuesta - Informes a otros organismos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
301	Informes	Informes a otros organismos	Anexos - Informes a otros organismos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
302	Informes	Informes de gestión	Informe - Informes de gestión Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
303	Informes	Informes de gestión	Anexos - Informes de gestión Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
304	Planes	Planes operativos o de gestión	Plan - Planes operativos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
305	Planes	Planes operativos o de gestión	Informe - Planes operativos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6.
"	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
306	Planes	Planes operativos o de gestión	Anexos - Planes operativos Sub. educación tributaria y servicio	Español	"Físico - Papel
Digital - Word, Excel y PDF"	44215	Sub. Educación Tributaria y Servicio	Sub. Educación Tributaria y Servicio Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario.
4.Ley 1712 de 2014.
5.Ley 1581 de 2012. "	"1.Artículo 15.
2.Artículos 24 y 27.
3.Artículos 583, 584, 585, 693, 693-1, 849.
4.Artículo 19. 
5.Artículos 5 y 6."	Parcial: Direcciones y datos de contractibilidad, teléfonos, clasificación socio-demográfica, perfil tributario, tipo de impuesto, datos de los objetos y demás información considerada reservada.	44141	5 Años
307	Administración de sistemas de información	No aplica	Solicitud - Admón. sistemas de información Sub. gestión de la información presupuestal	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44362	Sub. Gestión de la Información Presupuestal	Sub. Gestión de la Información Presupuestal Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 599 de 2000, modificada por la Ley 1273 de 2009."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. c).
2.Artículo 269, (Lit. a)."	"Total: Información relacionada con las claves de acceso a los sistemas se considera de uso privada de cada funcionario. Así mismo, como lo establece  la norma,  ""es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio""."	44226	5 Años
308	"Actas
"	Actas de comité de política de riesgos 	Acta - Actas de Comité de Política de Riesgos	Español	Físico - Papel y/o Digital - PDF 	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a las estrategias de portafolio, modelos financieros y alcances de límites de operaciones financieras.	44301	12 Años
309	"Actas
"	Actas de comité de política de riesgos 	Anexos - Actas de Comité de Política de Riesgos 	Español	Físico - Papel  / Digital - Power Point o PDF o Word	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a las estrategias de portafolio, modelos financieros y alcances de límites de operaciones financieras.	44301	12 Años
310	"Informes
"	Informes de riesgos contingentes 	Informe de obligaciones contingentes distritales	Español	Físico - Papel y/o Digital - PDF  	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a las estrategias de portafolio, modelos financieros y alcances de límites de operaciones financieras.	44301	5 Años
311	"Informes
"	Informes de riesgos contingentes 	Conceptos técnicos - Riesgos contingentes 	Español	Físico - Papel y/o Digital - PDF 	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los datos personales del demandante.	44301	5 Años
312	"Informes
"	Informes de riesgos contingentes 	Anexos - Riesgos contingentes 	Español	Físico - Papel y/o Digital - PDF 	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliegue de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación."	1.Ley 1508 de 2012. 	1.Artículo 11, (Núm. 11.1).	Parcial: Información referente al modelo financiero.	44301	5 Años
313	Planes	Plan de continuidad de negocio                                                         	Matriz de riesgos y controles  - PCN	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de la entidad entorno a la disponibilidad de la información, recursos de procesamiento y operación.	44301	5 Años
314	Planes	Plan de continuidad de negocio                                                         	Equipo de trabajo habitual - PCN	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales de los funcionarios.	44301	5 Años
315	Planes	Plan de continuidad de negocio                                                         	"Esquema de comunicación ""árbol de llamada"" - PCN"	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales de los funcionarios.	44301	5 Años
316	Planes	Plan de continuidad de negocio                                                         	Directorio de áreas internas criticas - PCN	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales de los funcionarios.	44301	5 Años
317	Planes	Plan de continuidad de negocio                                                         	Directorio de entidades externas  criticas - PCN	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales del personal externo con el cual se debe tener contacto en caso de un escenario de continuidad del negocio.	44301	5 Años
318	Planes	Plan de continuidad de negocio                                                         	Directorio proveedores crítico - PCN	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales del personal externo (proveedores) con el cual se debe tener contacto en caso de un escenario de continuidad del negocio.	44301	5 Años
319	Planes	Plan de riesgos en seguridad de la información 	Matriz de riesgos en seguridad de la información 	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de la entidad entorno a la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.	44301	5 Años
320	"Cupos
"	Cupos contraparte para sociedades comisionistas de bolsa 	Formato de asignación de cupos - Cupos contraparte sociedades comisionistas de bolsa 	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
321	"Cupos
"	Cupos contraparte para sociedades comisionistas de bolsa 	Formato de seguimiento - Cupos contraparte sociedades comisionistas de bolsa 	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
322	"Cupos
"	Cupos de inversión para bancos internacionales 	Comunicaciones oficiales - Cupos inversión bancos internacionales	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los incumplimientos de límites y determinación de entidades con las cuales se pueden tener negociación la SDH.	44301	12 Años
323	"Cupos
"	Cupos de inversión para bancos internacionales 	Formato de asignación de cupos - Cupos inversión bancos internacionales	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
324	"Cupos
"	Cupos de inversión para bancos internacionales 	Formato de seguimiento - Cupos inversión bancos internacionales	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
325	"Cupos
"	Cupos de inversión para bancos locales 	Comunicaciones oficiales - Cupos inversión bancos locales	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los incumplimientos de límites y determinación de entidades con las cuales se pueden tener negociación la SDH.	44301	12 Años
326	"Cupos
"	Cupos de inversión para bancos locales 	Formato de asignación de cupos - Cupos inversión bancos locales	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
327	"Cupos
"	Cupos de inversión para bancos locales 	Formato de seguimiento  - Cupos inversión bancos locales	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
328	"Cupos
"	Cupos de  contraparte de fiduciaria	Comunicaciones oficiales - Cupos contraparte fiduciaria	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los incumplimientos de límites y determinación de entidades con las cuales se pueden tener negociación la SDH.	44301	12 Años
329	"Cupos
"	Cupos de  contraparte de fiduciaria	Formato de asignación de cupos - Cupos contraparte fiduciaria	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
330	"Cupos
"	Cupos de  contraparte de fiduciaria	Formato de seguimiento - Cupos contraparte fiduciaria	Español	Digital - PDF	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los montos de cupos aprobados.	44301	12 Años
331	"Proyecciones
"	"
Proyecciones  de variables económicas"	Proyección de variables económicas metodología interna	Español	Digital - PDF, TXT y XLS	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los indicadores económicos y proyecciones financieras de la SDH.	44301	5 Años
332	"Proyecciones
"	"
Proyecciones  de variables económicas"	"Proyección de variables económicas  metodología interna ""periodicidad especial"""	Español	Digital - PDF, TXT y XLS	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).	Parcial: Información referente a los indicadores económicos y proyecciones financieras de la SDH.	44301	5 Años
333	"Informes
"	Informes de riesgos contingentes 	Bases de datos SIPROJ procesos activos	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales del demandante.	44301	5 Años
334	"Informes
"	Informes de riesgos contingentes 	Bases de datos SIPROJ procesos terminados	Español	Digital - Excel	44315	Of. Análisis y Control del Riesgo	Of. Análisis y Control del Riesgo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014. 
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículos 6 y 18, (Lit. a).
2.Artículo 5.
3.Artículo 3."	Parcial: Información referente a los datos personales del demandante.	44301	5 Años
335	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Acta - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
336	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Comunicaciones oficiales - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	Físico - Papel	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
337	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Reporte pagos y rechazos ACH y bancos (portales) - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	Digital - PDF (Pantallazo del banco)	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
338	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Reporte pagos y rechazos SAP Opget - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	Físico - Papel	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
339	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Anexos - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	Físico - Papel	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
340	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Reporte de solicitud de reenvío de pagos rechazados de relaciones de autorización, órdenes de pago, y ordenes de devolución - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	Físico - Papel	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
341	Actas	Actas de anulación y giro SAP	Solicitud de reenvío de pagos rechazados de relaciones de autorización, órdenes de pago, y ordenes de devolución - Actas de anulación y giro SAP Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
342	Actas	Actas de giro fondos de terceros	Acta - Actas de giro fondos de terceros Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
343	Actas	Actas de giro fondos de terceros	Comunicaciones oficiales - Actas de giro fondos de terceros Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
344	Actas	Actas de giro fondos de terceros	Anexos - Actas de giro fondos de terceros Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
345	Actas	Actas de giro fondos de terceros	Informe estados de tesorería fondos de terceros - Actas de giro fondos de terceros Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
346	Actas	Actas de giro fondos de terceros	Informe estados de tesorería recaudos de terceros - Actas de giro fondos de terceros Of gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
347	Actas	Actas de anulación de orden de pago	Acta - Actas de anulación de orden de pago Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
348	Actas	Actas de anulación de orden de pago	Reporte de solicitud de anulación de relaciones de autorización, órdenes de pago y órdenes de devolución - Actas de anulación de orden de pago Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
349	Actas	Actas de anulación de orden de pago	Comunicaciones oficiales - Actas de anulación de orden de pago Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
350	Embargos	Embargos a contratistas	Solicitud de embargo - Embargos a contratistas Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
351	Embargos	Embargos a contratistas	Órdenes de Embargo - Embargos a contratistas Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
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360	Embargos	Embargos a contratistas	Soporte de pago banco agrario - Embargos a contratistas Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
361	Embargos	Embargos a contratistas	Oficio de terminación de embargo - Embargos a contratistas Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
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h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
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No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
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362	Embargos	Embargos nómina	Archivo plano para pago de embargos - Embargos nómina Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
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e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
364	Embargos	Embargos nómina	Soportes de embargos - Embargos nómina Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
365	Embargos	Embargos nómina	Comprobantes de pago - Embargos nómina Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015.
6.Ley 1564 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.
5.Artículos 1 y 2.
6.Artículo 123."	Parcial: Documentos o cuadernos sujetos a reserva y obtener copia y certificaciones sobre los mismos.	44315	12 Años
366	Pagos	Necesidades de caja	Comunicaciones oficiales - Necesidades de caja Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
367	Pagos	Necesidades de caja	Orden de Pago (Opget) - Necesidades de caja Of. gestión de pagos	Español	Digital - PDF	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
368	Pagos	Necesidades de caja	Relación de  autorización  RA`s,V - Necesidades de caja Of. gestión de pagos	Español	Digital - PDF	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
369	Pagos	Necesidades de caja	Ordenes de devolución (ODV) - Necesidades de caja Of. gestión de pagos	Español	Digital - PDF	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
370	Pagos	Necesidades de caja	Anexos - Necesidades de caja Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
371	Pagos	Pagos de nómina administración central	Relación de Autorización (Opget) - Pagos de nómina administración central Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
372	Pagos	Pagos de nómina administración central	Solicitud digital de anulación de RA - Pagos de nómina administración central Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
373	Pagos	Pagos de nómina administración central	Anexo de pago - Pagos de nómina administración central Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
374	Pagos	Pagos de nómina administración central	Comunicaciones oficiales - Pagos de nómina administración central Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
375	Pagos	Pagos de nómina administración central	Anexos - Pagos de nómina administración central Of. gestión de pagos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
376	Embargos	Embargos a contratistas	Archivo plano para pago de embargos - Embargos  Proveedores y contratistas Of. gestión de pagos	Español	Digital - TXT	44327	Of. Gestión de Pagos	Of. Gestión de Pagos Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.
5.Resolución SDH 000194 de 2015."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, (Núm. 3).
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6.  
5.Artículos 1 y 2."	Parcial: Protección de la intimidad y de los datos personales que acompañan la misma.	44315	12 Años
377	Actas	Actas de traslado de fondos	Notas débito elaboradas en papel de seguridad - Actas de traslado de fondos Of. operación financiera	Español	Físico - Papel	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Aplicable a todo el documento por ser una instrucción a bancos y el tipo de papel utilizado que es especial.	44393	12 Años
378	Actas	Actas de giro fondos de terceros acreedores varios	Copia del documento de identidad del beneficiario - Actas de giro fondos de terceros acreedores varios Of. operación financiera	Español	Físico - Papel	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit. g y h)."	Parcial: Datos de verificación de identidad del beneficiario.	44393	12 Años
379	Cuentas de compensación	No aplica	Estado de cuenta - Cuentas de compensación Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de todas las cuentas de compensación.	44393	12 Años
380	Cuentas de compensación	No aplica	Hoja de trabajo de las cuentas de compensación  banco republica - Cuentas de compensación Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de todas las cuentas de compensación.	44393	12 Años
381	Cuentas de compensación	No aplica	Registro, informe de movimientos y/o cancelación cuenta de compensación formulario N°10 - Cuentas de compensación Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de todas las cuentas de compensación.	44393	12 Años
382	Entrega de cheques	No aplica	Poder especial o autorización para recibir el cheque con firma del beneficiario autenticada en notaría - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6 (Lit.g y h)."	Parcial: Datos personales del autorizado y de quien autoriza.	44393	12 Años
383	Entrega de cheques	No aplica	Poder especial, o autorización para recibir el cheque, con firma del representante legal o liquidador y presentación personal en notaría - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos personales del autorizado y de quien autoriza.	44393	12 Años
384	Entrega de cheques	No aplica	Copia del documento de identidad del beneficiario - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos de verificación de identidad del beneficiario.	44393	12 Años
385	Entrega de cheques	No aplica	Documento de identidad del autorizado - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos de verificación de identidad del autorizado.	44393	12 Años
386	Entrega de cheques	No aplica	"Copia del documento de identidad del representante legal o
liquidador - Entrega de cheques Of. operación financiera"	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos de verificación de identidad del representante legal o liquidador.	44393	12 Años
387	Entrega de cheques	No aplica	Fotocopia del documento de identificación del autorizado - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos de verificación de identidad del autorizado.	44393	12 Años
388	Entrega de cheques	No aplica	Poder entrega de cheques a autorizados permanentes por entidades - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos personales del autorizado y de quien autoriza.	44393	12 Años
389	Entrega de cheques	No aplica	Autorizaciones oficiales permanentes - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos personales del autorizado y de quien autoriza.	44393	12 Años
390	Entrega de cheques	No aplica	Comunicaciones oficiales - Entrega de cheques Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 18.
2.Artículos 5 y 6, (Lit.g y h)."	Parcial: Datos personales del autorizado y de quien autoriza.	44393	12 Años
391	Pagos	Pagos y rechazos SAP	Acta crédito publico - Pagos Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de la operación propia de crédito público.	44393	12 Años
392	Pagos	Pagos y rechazos SAP	Reporte pagos y rechazos ACH y bancos (portales) - Pagos Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, Núm.3.
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6."	Total: Datos personales y financieros del beneficiario del pago.	44393	12 Años
393	Pagos	Pagos y rechazos SAP	Reporte pagos y rechazos (SAP - Opget) - Pagos Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15.
2.Artículo 24, Núm.3.
3.Artículo 18, (Lit. a y b).
4.Artículos 5 y 6."	Total: Datos personales y financieros del beneficiario del pago.	44393	12 Años
394	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Informes de valoración - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
395	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Tasas de valoración - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
396	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Actas de compra de inversiones - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
397	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Actas de redención de inversiones - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
398	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Acta de redención pago de intereses - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
399	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Actas de venta de inversiones verificación - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
400	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Acta diferencial cambiario - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones en moneda extranjera de la DDT.	44393	12 Años
401	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Comprobante contable - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
402	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Verificación seguimiento de valoración portafolio renta fija - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
403	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Papeleta de inversión - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
404	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Planilla de verificación valor portafolio renta fija sistema de información vs Deceval - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	Digital - PDF	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
405	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Reporte de saldo de central de valores - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
406	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Resumen de portafolio de inversiones de renta fija - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
407	Valoración y seguimiento del portafolio	No aplica	Anexos - Valoración y seguimiento del portafolio Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
408	Portafolio de terceros	No aplica	Saldos bancarios diarios y tasas aplicadas mes año - Portafolios de terceros Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de las cuentas bancarias de la DDT.	44393	12 Años
409	Portafolio de terceros	No aplica	Liquidación de rendimientos financieros fondos de terceros - Portafolios de terceros Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de las cuentas bancarias de la DDT.	44393	12 Años
410	Liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corrientes remuneradas	No aplica	Oficio (condiciones de liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corriente de la DDT) - Liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corrientes remuneradas Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de las cuentas bancarias de la DDT.	44393	12 Años
411	Liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corrientes remuneradas	No aplica	Liquidación de intereses en cuentas remuneradas por entidad financiera - Liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corrientes remuneradas Of. operación financiera	Español	Digital - Excel	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de las cuentas bancarias de la DDT.	44393	12 Años
412	Liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corrientes remuneradas	No aplica	Informe consolidado cuentas remuneradas por entidad financiera - Liquidación de rendimientos financieros en cuentas de ahorro y/o corrientes remuneradas Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de las cuentas bancarias de la DDT.	44393	12 Años
413	Operaciones de inversión	No aplica	Acta de inversión generada por el sistema de valoración - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
414	Operaciones de inversión	No aplica	Cotización y cierre de operaciones en el mercado primario - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
415	Operaciones de inversión	No aplica	Comprobante de liquidación de operaciones generado por el sistema MEC - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
416	Operaciones de inversión	No aplica	Información y/o gráficos relacionados con la compra de tes en el mercado secundario - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
417	Operaciones de inversión	No aplica	Expectativa de subastas - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
418	Operaciones de inversión	No aplica	Participación en subastas - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
419	Operaciones de inversión	No aplica	Carta de confirmación de la operación de compra emitido por la DDT - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
420	Operaciones de inversión	No aplica	Carta de compromiso de la contraparte, si el título no es trasladado a Deceval el día de la compra - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
421	Operaciones de inversión	No aplica	Carta de confirmación de las condiciones de la operación en moneda extranjera (o el documento que haga sus veces) - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones en moneda extranjera de la DDT.	44393	12 Años
422	Operaciones de inversión	No aplica	Acta de venta generada por el sistema de valoración - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
423	Operaciones de inversión	No aplica	Cotización y cierre de operaciones en el mercado secundario - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
424	Operaciones de inversión	No aplica	Propuesta de venta - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
425	Operaciones de inversión	No aplica	Reporte de fraccionamiento de título generado por el sistema de valoración - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
426	Operaciones de inversión	No aplica	Carta de confirmación de la operación de venta emitido por la DDT - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
427	Operaciones de inversión	No aplica	Carta de la contraparte de las condiciones de venta o redención anticipada (o el documento que haga sus veces) - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros del portafolio de inversiones de la DDT.	44393	12 Años
428	Operaciones de inversión	No aplica	Oficio de reclamación por diferencia a favor - Operaciones de inversión Of. operación financiera	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44389	Of. Operaciones Financieras	Of. Operaciones Financieras Responsable del Proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 20214 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015. "	"1.Artículo 18.
2.Artículo 24."	Total: Datos financieros de las cuentas bancarias de la DDT.	44393	12 Años
429	 Boletines de deudores morosos del estado	No aplica	Reporte semestral boletín de deudores morosos del estado (BDME)	Español	Digital - PDF	44542	Despacho del Director Distrital de Contabilidad	Dirección de Informática y Tecnología Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1581 de 2012. 	1.Artículo 4, (Lit. f y h); 17 y 18.	Parcial: Número de obligación y el valor de la obligación del reporte son datos que interesan a ciertos grupos.	44542	12 Años
430	 Boletines de deudores morosos del estado	No aplica	Reporte semestral de incumplimiento acuerdos de pago - Boletines de deudores morosos del estado	Español	Digital - PDF	44542	Despacho del Director Distrital de Contabilidad	Dirección de Informática y Tecnología Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1581 de 2012. 	1.Artículo 4, (Lit. f y h); 17 y 18.	Parcial: Número de obligación y el valor de la obligación del reporte son datos que interesan a ciertos grupos.	44542	12 Años
431	 Boletines de deudores morosos del estado	No aplica	Reporte de retiros - Boletines de deudores morosos del estado	Español	Digital - TXT	44542	Despacho del Director Distrital de Contabilidad	Dirección de Informática y Tecnología Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1581 de 2012. 	1.Artículo 4, (Lit. f y h); 17 y 18.	Parcial: Número de obligación y el valor de la obligación del reporte son datos que interesan a ciertos grupos.	44542	12 Años
432	 Boletines de deudores morosos del estado	No aplica	Reporte de cancelaciones - Boletines de deudores morosos del estado	Español	Digital - TXT	44542	Despacho del Director Distrital de Contabilidad	Dirección de Informática y Tecnología Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1581 de 2012. 	1.Artículo 4, (Lit. f y h); 17 y 18.	Parcial: Número de obligación y el valor de la obligación del reporte son datos que interesan a ciertos grupos.	44542	12 Años
433	 Boletines de deudores morosos del estado	No aplica	Reporte de actualizaciones - Boletines de deudores morosos del estado	Español	Digital - TXT	44542	Despacho del Director Distrital de Contabilidad	Dirección de Informática y Tecnología Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1581 de 2012. 	1.Artículo 4, (Lit. f y h); 17 y 18.	Parcial: Número de obligación y el valor de la obligación del reporte son datos que interesan a ciertos grupos.	44542	12 Años
434	 Boletines de deudores morosos del estado	No aplica	Comunicaciones oficiales - Boletines de deudores morosos del estado	Español	Digital - PDF	44542	Despacho del Director Distrital de Contabilidad	Dirección de Informática y Tecnología Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1581 de 2012. 	1.Artículo 4, (Lit. f y h); 17 y 18.	Parcial: Número de obligación y el valor de la obligación del reporte son datos que interesan a ciertos grupos.	44542	12 Años
435	Administración de sistemas de información financiera	Administración terceros II	Solicitud de creación o actualización de terceros - Administración terceros	Español	Digital - Excel, E-mail	44670	Entidades Distritales	Sub. Gestión Contable de Hacienda Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1755 de 2015. 
2.Ley 1266 de 2008:"	"1.Artículo 24, (Núm. 5).
2.Artículo 27."	Parcial: Número de cuentas bancarias, dirección, teléfono.	44488	12 Años
436	Administración de sistemas de información financiera	Administración terceros II	Anexos - Administración terceros	Español	"Digital - PDF, 
E-mail"	44670	Sub. Gestión Contable de Hacienda	Sub. Gestión Contable de Hacienda Responsable del proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1755 de 2015.
2.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículo 24 (Núm. 5).
2.Artículo 27."	Parcial: Número de cuentas bancarias, dirección, teléfono.	44488	12 Años
437	No aplica	No aplica	Base de datos de terceros	Español	Digital - Verificar Sistemas	44670	"Secretaria Distrital de Hacienda
Entidades Distritales"	Sub. Infraestructura TIC Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1755 de 2015.
2.Ley 1266 de 2008."	"1.Artículo 24 (Núm. 5).
2.Artículo 27."	Parcial: Número de cuentas bancarias, dirección, teléfono.	44488	12 Años
438	Controles	Controles de actuaciones  de recursos  y revocatorias	Tabla de control asesoría jurídico tributaria - Controles de actuaciones  de recursos  y revocatorias Sub. jurídico tributaría	Español	Digital - Excel	44671	Sub. Jurídico Tributaría	Sub. Jurídico Tributaría Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Decreto Ley 624 de 1989 (Estatuto Tributario Nacional).
2.Ley Estatutaria 1266 de 2008 modificada por la Ley Estatutaria 2157 de 2021.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1437 de 2022.
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 583 y 693.
2.Artículo 3, (Lit. h).
3.Artículo 18.
4.Artículo 24.
5.Artículo 18 y 19."	Parcial: Información dispuesta por el contribuyente de carácter clasificado y sensible  que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	44669	12 Años
439	Controles	Controles de actuaciones  de recursos  y revocatorias	Tabla única de Control de Recursos TUC - Controles de actuaciones  de recursos  y revocatorias Of. de Recursos Tributarios.	Español	Digital - PDF	44649	Of. Recursos Tributarios	Of. Recursos Tributarios Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Decreto Ley 624 de 1989 (Estatuto Tributario Nacional).
2.Ley Estatutaria 1266 de 2008 modificada por la Ley Estatutaria 2157 de 2021.
3.Decreto 807 de 1993.
4.Ley 1437 de 2022.
5.Ley 1712 de 2014."	"1.Artículos 583 y 693.
2.Artículo 3, (Lit. h).
3.Artículo 18.
4.Artículo 24.
5.Artículo 18 y 19."	Parcial: Información dispuesta por el contribuyente de carácter clasificado y sensible  que preserve a su derecho fundamental a la intimidad.	44649	12 Años
440	Actas	Actas comité de dirección	Acta - Actas comité de dirección Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Físico - Papel	44671	Despacho Dirección Distrital  de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	12 Años
441	Actas	Actas comité de dirección	Ayuda de memoria - Actas comité de dirección Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Físico - Papel	44671	Despacho Dirección Distrital  de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	12 Años
442	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Requerimiento - Informes a entidades de control y vigilancia Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - PDF, Word	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección  Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	10 Años
443	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Informe a organismo de control - Informes a entidades de control y vigilancia Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - PDF, Word	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección Distrital  de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	10 Años
444	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Respuesta - Informes a entidades de control y vigilancia Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - PDF, Word	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección  Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	10 Años
445	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Copias de bases de datos e informes - Informes a entidades de control y vigilancia Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - Excel, TXT	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección  Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	10 Años
446	Informes	Informes a otros organismos	Requerimiento - Informes a otros organismos Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - PDF, Word	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas, recolectada a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	5 Años
447	Informes	Informes a otros organismos	Informe a otras Entidades - Informes a otros organismos Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - PDF, Word	44671	Despacho Dirección  Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección  Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada, a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	5 Años
448	Informes	Informes a otros organismos	Respuesta - Informes a otros organismos Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - PDF, Word	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada, a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	5 Años
449	Informes	Informes a otros organismos	Copias de bases de datos e informes - Informes a otros organismos Despacho Director de Impuestos de Bogotá	Español	Digital - Excel, TXT	44671	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá	Despacho Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto Tributario Nacional.
4.Decreto Distrital 807 de 1993.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	"
1.Artículo 18.
2.Artículo 24, (Ítem 3); 27.
3.Artículo 583 al 586, 693, 693-1 y 849-4.
4.Artículo 18.
5.Concepto Sub. Jurídica-tributaria 2016IE18775."	Parcial: Información que involucre  derechos a la privacidad e intimidad de las personas recolectada, a través de diferentes mecanismos dispuestos por la entidad; Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias ; avalúo de los muebles e inmuebles, valor total de ingresos en ICA, valor de las deducciones y cantidad de establecimientos comerciales e industriales, actividad económica del contribuyente; información que contenga opiniones o puntos de vista del servidor público como parte del proceso de reuniones o decisiones frente a la gestión tributaria y planeación estratégica de la entidad.	44659	5 Años
450	Actas	Actas del comité de conciliación	Acta - Comité de conciliación	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Secretario de Comité de Conciliación	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso"	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1437 de 2011."	"1.Artículos 18 y 19.
2.Artículo 24."	Total: Opiniones en procesos deliberatorios y toma de decisiones y opiniones de servidores públicos. 	44529	5 Años
451	Actas	Actas del comité de conciliación	Lista de asistencia - Comité de conciliación	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Secretario de Comité de Conciliación	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso"	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 19.	Total: Documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. 	44529	5 Años
452	Actas	Actas del comité de conciliación	Anexos - Comité de conciliación	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Secretario de Comité de Conciliación	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso"	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 19.	Total: Documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. 	44529	5 Años
453	Conciliaciones prejudiciales	No aplica	Autos - Conciliaciones prejudiciales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	1.Ley 1712 de 2014.	"1.Artículos 18 y 19.
2.Artículo 24."	Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.	44529	15 Años
454	Procesos judiciales	Procesos judiciales contenciosos administrativos	Antecedentes - Procesos judiciales contenciosos administrativos	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 19.	Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.	44529	20 Años
455	Procesos concursales	No aplica	Pruebas sumarias recaudadas para la presentación de acreencias - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583."	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.
La información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
456	Procesos concursales	No aplica	Créditos - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.

La información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
457	Procesos concursales	No aplica	Traslado y proyecto de graduación y calificación de créditos e inventario valorado - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.
Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
458	Procesos concursales	No aplica	Objeciones - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.
Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada; por consiguiente, los funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales sólo podrán utilizarla para el control, recaudo, determinación, discusión y administración de los impuestos y para efectos de informaciones impersonales de estadística."	44529	20 Años
459	Procesos concursales	No aplica	Acta conciliación de la objeciones - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.
Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
460	Procesos concursales	No aplica	Actas de las audiencias - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 18.	Parcial: Datos de los procesos.	44529	20 Años
461	Procesos concursales	No aplica	Auto de graduación y calificación de créditos - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.
Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
462	Procesos concursales	No aplica	Conceptos sobre la conveniencia de aceptar bienes de dación en pago y/o adjudicación de bienes - Procesos concursales	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Reservada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. 
Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
463	No aplica	No aplica	Estados de cuenta - Gestión judicial	Español	"Digital - SIT 2 -
CRM-SAP BogData"	44698	Dirección de Impuestos de Bogotá	Dirección de Impuestos de Bogotá Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Ley 1712 de 2014.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Estatuto tributario."	"1.Artículo 19.
2.Artículo 24.
3.Artículo 583. "	"Total: Información de una actuación administrativa y/o  judicial que sólo interesa a los sujetos involucrados.  Su divulgación por fuera de dicho escenario podría causar daño a los intereses protegidos como lo son el derecho al debido proceso y a la igualdad de las partes.
Información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada."	44529	20 Años
464	No aplica	No aplica	Módulo de gestión procesos concursales	Español	Digital - Access	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 18.	Parcial: Datos de los procesos.	44529	20 Años
465	No aplica	No aplica	Base de modificación Access - Gestión judicial	Español	Digital - Access	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de proceso "	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 18.	Parcial: Datos de los procesos.	44529	20 Años
466	No aplica	No aplica	Reporte gestión del riesgo - Gestión judicial	Español	Digital - Forms	44698	Sub. Gestión Judicial	"Sub. Gestión Judicial 
Responsable de rendir informe"	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 18.	Parcial: Datos de los procesos.	44529	5 Años
467	Informes	Informes a entidades de control y vigilancia	Requerimiento - informes a entidades de control y vigilancia Of. control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014. 
4.Ley 1581 de 2012. 
5.Estatuto Tributario Nacional . 
6.Decreto Distrital 807 de 1993.
"	"1.Artículo 15.
2. Artículos 24, 27.
3.Artículos 6, 18, 20. 
4.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
5.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
6.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	10 Años
468	Informes	Informes a entidades de control y vigilancia	Respuesta - informes a entidades de control y vigilancia Of. control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015.
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012. 
5.Estatuto Tributario Nacional . 
6.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15
2.Artículos 24, 27
3.Artículos 6, 18, 20 
4.Artículos  4, 5, 6, 10, 13
5.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4
6.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	10 Años
469	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por error aritmético puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital 807 de 1993,"	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
470	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos para cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014. 
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20 .
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
471	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos sanciones asociadas al RIT puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
472	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por irregularidades en la contabilidad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital 807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
473	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por no remitir información o extemporánea puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
474	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por sanción mal liquidada puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital 807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
475	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por no informar código de actividad puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15
2.Artículos 6,19,20  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4
5.Artículos 18, 131, (Lit. b).
"	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
476	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por enviar información errada, incompleta puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
477	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos general otras sanciones puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital 807 de 1993,"	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital 807 de 1993,"	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital 807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014. 
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014. 
3.Ley 1581 de 2012. 
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital 807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
486	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para declarar vehículos puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
488	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación provisional vehículos  (omiso masivo) - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
489	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación provisional inexactos puntual y masivo  - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
490	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación provisional por enviar información errada o incompleta puntual y masivo  - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
491	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Requerimiento especial general puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
492	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación provisional por no enviar información o extemporánea puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
493	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución que resuelve el recurso de reposición contra auto declarativo puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
494	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución que resuelve recurso de apelación contra auto declarativo puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital 807 de 1993,"	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
495	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe de invalidación de declaraciones cuando procede puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
496	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta de visita puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
497	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta de presentación puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital 807 de 1993,"	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
498	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto inclusorio / exclusorio puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
499	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto aclaratorio puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
500	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto declarativo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
501	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto comisorio puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto  Distrital 807 de 1993,"	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
502	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de verificación o cruce puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
503	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de inspección tributaria o contable puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
504	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de archivo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
505	Procesos de gestión tributaria	No aplica	 Requerimiento de información puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
506	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe de expedientes para liquidación puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital  807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
507	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Oficio persuasivo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
508	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Arqueo de caja menor puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
509	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Control puntos fijos- Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
510	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Información de ingresos diarios - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
511	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Lista de chequeo archivo de expedientes no localizados - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
512	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Lista de chequeo visitas, puntos fijos y operativos sobretasa gasolina - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
513	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Lista de chequeo visitas, puntos fijos y operativos ICA puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
514	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Control entrada y salida de rótulos- caja fuerte DIB - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
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Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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518	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo general ICA, delineación y otros puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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521	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo vehículos masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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522	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de corrección sanción puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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523	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de corrección aritmética puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
527	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción asociadas al RIT  puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
528	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por no atender requerimiento de información o extemporánea puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
529	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por no informar código de actividad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
530	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución que resuelve recurso de reposición por cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
531	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
532	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción general por no declarar sobretasa/reteica y otros puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
533	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por irregularidades en la contabilidad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
534	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por enviar información errada, incompleta puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
535	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Revocatoria de oficio liquidación puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
536	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta levante de sellos puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
537	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
538	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto comisorio cierre o levante de sellos puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
539	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de ampliación a requerimiento especial puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
547	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo ICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
551	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de revisión ICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
552	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de revisión RETEICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
553	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe invalidación ICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
554	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe invalidación predial masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
555	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe invalidación vehículos masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
556	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción impoconsumo cerveza masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
557	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción impoconsumo cigarrillos masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
558	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos sanción error aritmético consumo masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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559	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de verificación o cruce consumo masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
560	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para declarar consumo cerveza masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
561	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para declarar consumo cigarrillos masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
562	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo impoconsumo cervezas masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
563	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo impoconsumo cigarrillos masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
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Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
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570	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución de devolución y/o compensación - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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571	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto admisorio del recurso de reconsideración - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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572	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto inadmisorio del recurso de reconsideración - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
573	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto que confirma el Auto Inadmisorio o que admite el recurso - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
574	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto que acepta desistimiento del recurso o revocatoria - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
575	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto que decreta pruebas - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
576	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución que resuelve el recurso de reconsideración - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
577	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución aclaratoria - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
578	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución de reducción sanción - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
579	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución de revocatoria directa - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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580	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Revocatoria de oficio - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
581	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Oficio aceptación sanción reducida - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
582	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Respuesta a derecho de petición que pasa como recurso de reconsideración o revocatoria directa - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
583	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Oficio de rechazo revocatoria directa - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
584	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pruebas - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
585	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Constancia de notificación electrónica - Procesos de gestión tributaria Of. Control masivo	Español	Digital - PDF	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
586	Programas	Programas de investigación tributaria operativos	Auto comisorio puntual - Programas de investigación tributaria operativos Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
587	Programas	Programas de investigación tributaria operativos	Lista de chequeo visitas, puntos fijos y operativos ICA puntual - Programas de investigación tributaria operativos Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
588	Programas	Programas de investigación tributaria operativos	Pruebas - Programas de investigación tributaria operativos Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
589	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Auto comisorio puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
590	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Control puntos fijos - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
591	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Auto de inspección tributaria o contable puntual y masivo - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
592	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Información de ingresos diarios - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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593	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Arqueo de caja menor puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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594	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Lista de chequeo visitas, puntos fijos y operativos ICA puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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595	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Resolución sanción por irregularidades en la contabilidad puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
596	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Auto comisorio cierre y levante de sellos puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel 
Digital - PDF"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
597	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Acta cierre de establecimiento puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	"Físico - Papel
Digital - Word"	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
598	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Pruebas - Programas de investigación tributaria puntos fijos  Of. Control masivo	Español	Digital - PDF	44671	Of. Control Masivo	Of. Control Masivo Responsable de proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto Distrital   807 de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos 6, 19, 20. 
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva.	44649	12 Años
599	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Requerimiento - informes a entidades de control y vigilancia Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
600	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Informe a organismo de control - informes a entidades de control y vigilancia Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
601	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Respuesta - informes a entidades de control y vigilancia Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
602	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para corregir general puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
603	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para declarar general puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
604	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para corregir vehículos masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
605	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para declarar predial puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
606	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Emplazamiento para declarar vehículos puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
607	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Requerimiento especial general puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
608	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por error aritmético puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
609	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos para cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
610	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por irregularidades en la contabilidad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
611	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por no remitir información o extemporánea puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
612	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Pliego de cargos por sanción mal liquidada puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
613	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta de archivo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
614	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta de visita puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
615	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta de reparto puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
616	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta de presentación puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
617	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto aclaratorio puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
618	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto declarativo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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619	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto comisorio puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
620	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de verificación o cruce puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
621	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de inspección tributaria o contable puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
622	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto de archivo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
623	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe gestión expedientes - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
624	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe de expedientes para liquidación puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
625	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Oficio persuasivo puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012."	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
626	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo predial vehículos publicidad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
627	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo general ICA, delineación y otros puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
628	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo (LOA) sobretasa y reteica puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
629	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo predial masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
631	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de corrección sanción puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
632	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de corrección aritmética puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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634	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de revisión predial puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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635	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de revisión vehículos puntual y masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
636	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción asociadas al puntual y masivo RIT - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
637	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por no atender requerimiento de información o extemporánea puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
638	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por no informar código de actividad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación 	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
639	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución que resuelve recurso de reposición por cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación 	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
640	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por cierre de establecimiento puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
641	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción general por no declarar sobretasa-reteica y otros puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación 	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
642	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por irregularidades en la contabilidad puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
643	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución sanción por enviar información errada, incompleta puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
644	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Acta levante de sellos puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
645	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto comisorio cierre y levante de sellos puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
646	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Ampliación a requerimiento especial puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
647	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Informe contable oficina de liquidación puntual - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
648	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Requerimiento especial ICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
649	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo ICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
650	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo delineación urbana masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
651	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de aforo RETEICA masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
661	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Liquidación oficial de corrección sanción predial masivo - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
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a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
663	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto admisorio del recurso de reconsideración - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.  "	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
664	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto inadmisorio del recurso de reconsideración - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.  "	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
665	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto que confirma el auto inadmisorio o que admite el recurso - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.  "	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
666	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Auto que acepta desistimiento del recurso o revocatoria - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1755 de 2015. 
3.Ley 1712 de 2014.
4.Ley 1581 de 2012.  "	"1.Artículo 15. 
2.Artículos 24 y 27. 
3.Artículos 18.
4.Artículos 5 y 6. "	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
667	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución aclaratoria - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
668	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Resolución de reducción sanción - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
669	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Revocatoria de oficio - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
670	Procesos de gestión tributaria	No aplica	Respuesta a derecho de petición que pasa como recurso de reconsideración o revocatoria directa  - Procesos de gestión tributaria Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
671	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Control puntos fijos - Programas de investigación tributaria puntos fijos Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
672	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Auto de inspección tributaria o contable puntual y masivo - Programas de investigación tributaria puntos fijos Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
673	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Resolución sanción por irregularidades en la contabilidad puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
674	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Auto comisorio cierre y levante de sellos puntual - Programas de investigación tributaria puntos fijos Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
675	Programas	Programas de investigación tributaria puntos fijos	Pruebas - Programas de investigación tributaria puntos fijos Of. Liquidación	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44671	Of. Liquidación	Of. Liquidación  Responsable del Proceso	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Constitución Política de Colombia.
2.Ley 1712 de 2014.
3.Ley 1581 de 2012.
4.Estatuto Tributario Nacional . 
5.Decreto 807 Distrital de 1993."	"1.Artículo 15.
2.Artículos  6, 19, 20.  
3.Artículos  4, 5, 6, 10, 13.
4.Artículos  583, 584, 585, 586, 693, 693-1 y 849-4.
5.Artículos 18, 131, (Lit. b)."	Parcial: Protección de la intimidad, de los datos personales y el derecho a la vida, la salud y la seguridad.	44659	5 años
676	Informes	Informes de gestión	Anexos - Informes de gestión Of. Notificaciones y Documentación Fiscal.	Español	"Físico - Papel
Digital - Excel"	44680	Of. Notificaciones y Documentación Fiscal	"Of. Notificaciones y Documentación Fiscal 
Responsable del Proceso"	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	1.Ley 1712 de 2014.	1.Artículo 18, (Lit. a y b).	Parcial: Dirección de notificación del contribuyente.	44628	5 Años
677	Notificaciones a contribuyentes	Notificaciones personales y por edictos	Comunicación entrega acuses de recibido - Notificaciones personales y por edictos DIB.	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44680	Of. Notificaciones y Documentación Fiscal	"Of. Notificaciones y Documentación Fiscal 
Responsable del Proceso"	Pública Reservada	"Activo de Información que por su contenido o por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, sólo interesa a quienes va dirigida y cuya divulgación no autorizada puede ocasionar perjuicios a determinada entidad, agrupación o persona. Información cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
a) La defensa y seguridad nacional
b) La seguridad pública
c) Las relaciones internacionales
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales
f) La administración efectiva de la justicia
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país
i) La salud pública
No obstante, entiéndase también que datos reservados, son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación. Del mismo modo, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 al amparo del principio de confidencialidad se establece que: los datos personales que no tengan la naturaleza de públicos se les debe garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada la relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento de información, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas por la Ley y en los términos de la misma."	"1.Decreto Ley 624 de 1989.
2.Ley Estatutaria 1266 de 2008, modificada por la Ley Estatutaria 2157 de 2021.
3.Decreto Distrital 807 de 1993.
4.Ley 1755 de 2015.
5.Ley 1712 de 2014,  ""Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública"""	"1.Artículos 583 y 693.
2.Artículo 3, (Lit. h).
3.Artículo 18.
4.Artículo 24.
5.Artículos 18 y 19."	Total: Información tributaria de los contribuyentes.	44628	12 Años
678	Consecutivos de comunicaciones oficiales	No aplica	Comunicaciones oficiales enviadas - Of. de operación del sistema de gestión documental	Español	Digital - PDF	44540	Of. Operación del Sistema de Gestión Documental	Dirección e Informática y Tecnología	Pública Reservada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 734 de 2002. 
2.Ley 1581 de 2012. 
3.Ley 1755 de 2015.
4.Decreto 807 de 1993.
5.Ley 1437 de 2011.
6.Ley 1712 de 2014.
7.Decreto Ley 2199 de 2015.
8.Constitución Política.
9.Decreto Ley 624 de 1989.
10.Ley Estatutaria 2157 de 2021."	"
1.Artículo 15.
2.Artículos 18, (Lit. b), 131.
3.Artículo 19.
4.Artículo 18.
5.Artículo 24.
6.Artículo 18 y 19.
7.Artículo 1.
8.Artículo 15.
9.Artículos 583 y 693.
10.Artículo 3, (Lit. h)."	Parcial: Información tributaria distrital amparada por la más estricta reserva, e información que involucre derechos a la privacidad e intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica, salvo que sean solicitados por los propios interesados o por sus apoderados con facultad expresa para acceder a esa información.	44631	5 Años
679	Consecutivos de comunicaciones oficiales	No aplica	Comunicaciones oficiales recibidas - Of. de operación del sistema de gestión documental	Español	Digital - PDF	44540	Of. Operación del Sistema de Gestión Documental	Dirección e Informática y Tecnología	Pública Reservada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c)Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"
1.Ley 734 de 2002.
2.Ley 1581 de 2012.
3.Ley 1755 de 2015.
4.Decreto 807 de 1993.
5.Ley 1437 de 2011.
6.Ley 1712 de 2014.
7.Decreto Ley 2199 de 2015."	"
1.Artículos 15.
2.Artículos 18, (Lit. b), 131.
3.Artículo 19.
4.Artículo 18.
5.Artículo 24.
6.Artículo 18 y 19.
7.Artículo 1.
"	Parcial: Información que preserve a su derecho fundamental a la intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica, salvo que sean solicitados por los propios interesados o por sus apoderados con facultad expresa para acceder a esa información.	44631	5 Años
680	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Requerimiento - informes a entidades de control y vigilancia	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	10 Años
681	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Informe a organismo de control - informes a entidades de control y vigilancia	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	10 Años
682	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Respuesta - informes a entidades de control y vigilancia	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	10 Años
683	Informes	informes a entidades de control y vigilancia	Anexos - informes a entidades de control y vigilancia	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	10 Años
684	Informes	Informes a otros organismos	Requerimiento - Informes a otros organismos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	5 Años
685	Informes	Informes a otros organismos	Informe a otras Entidades - Informes a otros organismos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	5 Años
686	Informes	Informes a otros organismos	Respuesta - Informes a otros organismos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	5 Años
687	Informes	Informes a otros organismos	Anexos - Informes a otros organismos	Español	"Físico - Papel
Digital - PDF"	44628	Sub. Recaudación, Cobro y Cuentas Corriente	Dirección de Informática y Tecnología	Pública Clasificada	"Activo de Información que es utilizado por sólo un grupo de funcionarios para realizar sus labores y que no puede ser conocida por otros funcionarios o terceros sin autorización especial de la Entidad, y que por estar en poder o custodia de la SDH, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado de manera motivada y por escrito, los cuales se refieren a los eventos en que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos:
a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público
b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad
c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales
d) Proyectos de inversión de empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta 
No obstante, entiéndase también que datos públicos clasificados,  son aquellos datos personales que no tienen naturaleza íntima, reservada, ni pública y que, por ende, su conocimiento puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general."	"1.Estatuto Tributario Nacional.                                                   2.Decreto 807 de 1993.
3.Ley 1581 de 2012.                  "	"1.Artículos 583, 584, 586, 693.
2.Artículo 18.
3.Artículo 4, 10, 13, 23.                                                               "	Parcial: Declaraciones tributarias y los datos personales que contiene de los contribuyentes de acuerdo con el articulo 583 del estatuto tributario nacional y demás leyes y decretos que apliquen.	44652	5 Años
